CONDICIONES GENERALES DE CONTRATACIÓN DEL PRÉSTAMO

 

En nuestro Sitio web encontrará toda la información relativa a la concesión de préstamos personales contratados a distancia por medios electrónicos.

RAPIDA FINANCIAL SL sociedad de nacionalidad española, con domicilio social en Urb La Montua 28, 29602 Marbella, Málaga y Número de Identificación fiscal (N.I.F) B93693448, constituida en escritura pública de fecha 29 de mayo 2019 otorgada ante el Notario de Marbella, D. Álcala Belón, Fernando Antonio con el número de protocolo 2019/1141, inscrita en el Registro Mercantil de Málaga, al tomo 5847,folio 97,hoja MA-151212, inscripción 1º actúa como Prestamista y el usuario interesado en solicitar y formalizar el préstamo, actúa como Prestatario.

Este último deberá ser mayor de 20 años.

Las condiciones particulares se concretarán en el momento de la formalización del préstamo y se enviarán a cada usuario.

DEFINICIONES

  • Préstamo es el contrato por el cual el Prestamista concede un préstamo personal al   Prestatario.

  • Prestamista es la sociedad RAPIDA FINANCIAL SL con domicilio social en Urb La Montua 28, 29602 Marbella, Málaga y Número de Identificación fiscal (N.I.F)   B93693448

  • Solicitante es la persona física mayor de 20 años, con capacidad de obrar y domicilio en España, que cumpla los presentes términos y condiciones, y que manifiesta, mediante su Solicitud de Préstamo, efectuada a través de la Página Web, comunicación telefónica, correo electrónico u otro medio de comunicación a distancia, su propósito de solicitar al Prestamista un   Préstamo.

  • Solicitud de Préstamo es la declaración de voluntad firme realizada por parte del Solicitante de Préstamo y articulada a través de la cumplimentación de un formulario localizado en la Página Web, comunicación telefónica, correo electrónico u otro medio de comunicación a distancia, cuya finalidad es solicitar un   Préstamo.

  • Decisión de Préstamo es la decisión definitiva sobre la concesión del Préstamo por parte del Prestamista.

  • Prestatario es el Solicitante de Préstamo una vez que el Prestamista ha aceptado su Solicitud de Préstamo.

  • Parte es el Solicitante de Préstamo, el Prestatario y el Prestamista, de forma individual; y las Partes son, conjuntamente, el Prestamista y el Solicitante de Préstamo o el   Prestatario.

  • Página Web es el sitio web en Internet del Prestamista,  www.rapida.es

  • Día Hábil es el día (distinto de sábado o domingo) considerado como laborable según el calendario laboral aprobado por el gobierno de la Comunidad Autónoma de residencia del Solicitante de Préstamo o el   Prestatario.

  • Información Normalizada Europea es modelo el formato normalizado elaborado por la Unión Europea para todos los estados miembros en la Directiva 87/102/CEE y en los artículos 10 y 12 de la LCCC, aplicable y preceptivo a todos los Préstamos por importe superior a 200   euros.

  • Extensión   del   Préstamo   es   una   prórroga   del   plazo   de   duración   inicial   del   Préstamo.   La   extensión del Préstamo puede ser voluntaria o automática.

1. PROCESO DE   SOLICITUD

 1.1 Para solicitar un préstamo, el usuario deberá previamente haberse registrado a través del formulario que se encuentra a su disposición en el Sitio web. Además, deberá aportar la documentación necesaria con el fin de que su solicitud sea   evaluada.

 1.2 Mediante la formalización de la solicitud, el prestatario señalará las casillas generadas al efecto para confirmar   que:

  • No tiene pagos pendientes o deudas frente a terceros que puedan impedir el pago del préstamo incluyendo pagos pendientes que estén anotados en cualquier registro de   morosos.

  • No es parte en procedimientos legales o judiciales que puedan afectar a su nivel de   solvencia.

  • Toda la información y documentación suministrada al Prestamista es cierta, veraz y actualizada. En caso de no ser así, el Prestamista podrá reclamarle judicialmente tanto el importe que le haya sido adeudado como sus respectivos intereses y una indemnización por daños y perjuicios, sin perjuicio de las acciones judiciales que por vía penal pudieran   corresponder.

  • Ha leído y acepta las condiciones del   préstamo.

 1.3 El Prestamista informará al Solicitante de Préstamo a través de correo electrónico u otros medios de comunicación a distancia (incluido el SMS) que la Solicitud de Préstamo se ha recibido   correctamente.

 1.4 El Prestamista suministrará información suficiente antes de asumir cualquier tipo de obligación, en cumplimiento de los artículos 7 y 8 de la Ley 22/2007, de 11 de julio, sobre Comercialización a Distancia de Servicios Financieros destinados a los Consumidores. En todo caso, cuando el importe del préstamo supere los 200 euros, dicha información se ajustará a lo estipulado en el Anexo II de la Ley 16/2011, de 24 de junio, de Contratos de Crédito al   Consumo.

2. EXAMEN SOLICITUD Y PERFECCIÓN DEL   CONTRATO

 2.1 El Solicitante del Préstamo deberá consentir y autorizar el acceso a ficheros sobre solvencia patrimonial para la toma de una decisión por parte del Prestamista acerca de la concesión del   Préstamo.

 2.2 En todo caso, RAPIDA FINANCIAL SL sociedad de nacionalidad española, con domicilio social en Urb La Montua 28, 29602 Marbella, Málaga y Número de Identificación fiscal (N.I.F) B93693448, constituida en escritura pública de fecha 29 de mayo 2019 otorgada ante el Notario de Marbella, D. Álcala Belón, Fernando Antonio con el número de protocolo 2019/1141, inscrita en el Registro Mercantil de Málaga, al tomo 5847,folio 97,hoja MA-151212, inscripción 1º actúa como prestamista y se reserva el derecho a denegar la solicitud si lo estima oportuno, no teniendo obligación de informar acerca de los motivos que justifican dicha   denegación.

 2.3 El Préstamo se considerará perfeccionado en el momento en el que concurran los tres requisitos siguientes:

a) el Solicitante del Préstamo culmine la Solicitud de Préstamo exitosamente, proporcionando la siguiente información:

  • Importe del Préstamo

  • Duración

  • Nombre y apellidos

  • Fecha de   nacimiento

  • D.N.I /   N.I.E

  • Domicilio / Dirección permanente en España

  • Correo electrónico

  • Teléfono móvil (opcional   fijo)

  • Cuenta corriente (IBAN)

  • Ingresos medios mensuales.

b) el Solicitante del Préstamo recibe del Prestamista la notificación informando sobre la concesión del Préstamo;

c) el Préstamo se ha puesto a disposición del Prestatario en la cuenta bancaria indicada por parte del Prestamista.

3. CONDICIONES DEL   PRÉSTAMO

 3.1 Los honorarios del Préstamo se componen de un interés que puede ser consultado en la Página Web y se pondrá a disposición del Solicitante de Préstamo en la Información normalizada europea sobre el crédito al   consumo.

 3.2 La cuantía de los intereses dependerá del importe del Préstamo y de la duración del mismo. El interés aplicado y su cuantía se detallan en las Condiciones Particulares del   contrato.

 3.3 El Préstamo solo podrá ser concedido y amortizado en   Euros. La cantidad mínima que se puede solicitar es de 100€ y la máxima de 500€. Para los clientes que ya han solicitado un préstamo, la cantidad puede aumentar hasta 1000€.

 3.4 El Préstamo en situación de impago devengará un interés de demora de conformidad con lo previsto en la Cláusula   6.

 3.5 El consumidor obtendrá el préstamo en la cuenta bancaria facilitada (nomina/pensión). El tiempo de recibirlo depende del banco que el consumidor utiliza en un plazo de hasta 24/48 horas.

4. REEMBOLSO DEL   PRÉSTAMO

4.1 Al vencimiento, el Prestatario estará obligado a abonar al Prestamista el importe del Préstamo y el interés. En todo caso, la suma total a pagar por el Prestatario al vencimiento del Préstamo quedará recogida en las Condiciones Particulares del Préstamo.

4.2. El Prestatario no cobrará ningún tipo de comisión por los tramites de gestión, administración y apertura del préstamo ni por la amortización anticipada del mismo.

4.3 El abono de las cantidades devengadas de acuerdo con la Cláusula anterior se hará mediante cargo en la tarjeta de débito, crédito o cuenta bancaria facilitada por el Prestatario en la Solicitud del   Préstamo.

  • Cargo tarjeta de débito o crédito: Si el prestatario elige este método de pago deberá poner a disposición del Prestamista los datos de su tarjeta y autorizar expresamente al Prestamista a realizar los cargos correspondientes a las cantidades vencidas del Préstamo, incluido el interés devengado.

  • Por   transferencia   bancaria.   El   pago   de   dichas   cantidades   también   podrá   efectuarse   mediante

transferencia bancaria a la cuenta titularidad del Prestamista indicada en el formulario. La transferencia deberá ser realizada a favor del Prestamista en la fecha de vencimiento, especificándose el nombre y el D.N.I. del Prestatario o a través de domiciliación bancaria en la cuenta facilitada para el abono del Préstamo. En tal caso, el Prestatario sufragará todos los costes solicitados por el banco.

El Prestatario también podrá hacer efectivo el pago mediante las opciones dispuestas para ello en la página web del   Prestamista.

4.4 El Prestatario, mediante la Solicitud del Préstamo, autoriza expresamente al Prestamista para efectuar tantos cargos como resulten necesarios en la tarjeta de débito, crédito o cuenta bancaria indicada en la Solicitud del Préstamo hasta el completo pago del Préstamo, sus honorarios y, en su caso, demás costes del Préstamo. Asimismo, el Prestatario, mediante la Solicitud del Préstamo, para el supuesto de falta de saldo en la tarjeta de débito indicada en la Solicitud del Préstamo o cuando no se hubiera en la tarjeta de débito indicada en la Solicitud del Préstamo o cuando no se hubiera consignado ninguna tarjeta de crédito, autoriza expresamente al Prestamista para efectuar el cobro de las referidas cantidades mediante cargo a la cuenta bancaria del Prestatario. Para ello, el Prestatario deberá proporcionar al Prestamista todos los datos y detalles relativos a la cuenta bancaria del Prestatario y a las tarjetas de débito existentes en el momento de la Solicitud del Préstamo.

4.5 En caso de que la fecha de pago coincida con un día considerado como inhábil (entiéndase por inhábil los sábados, domingos y festivos nacionales) y no se hubiera facilitado una tarjeta de débito y/ o autorizado el pago mediante cargo en la cuenta bancaria facilitada en la Solicitud de Préstamo, el pago deberá efectuarse el Día Hábil inmediatamente   posterior.

4.6 En cualquier momento durante la vigencia del Contrato de Préstamo, el Prestatario podrá realizar una amortización anticipada por la totalidad del importe del Préstamo. En el momento de proceder a la amortización anticipada, el Prestatario habrá de abonar el importe del Préstamo, el interés   correspondiente a los días que hubieran transcurrido desde la emisión de la transferencia por el Prestamista.  Asimismo, no existirá ninguna comisión por amortización   anticipada.

4.7 Junto a las cantidades previstas en la Cláusula 4.5, el Prestatario, en su caso, habrá de abonar al Prestamista el importe de la penalización por demora (Cláusula 6) y, de haberse ejercitado, el coste de la reclamación de posiciones deudoras vencidas (Cláusula   7).

4.8 Si en el momento del vencimiento del préstamo, no se pudiera cargar en la tarjeta de débito del Prestatario o, en su caso, no se pudiera efectuar el adeudo en la cuenta bancaria facilitada, por la totalidad de las cantidades debidas, el Prestatario autoriza al Prestamista a repetir el cobro y cargar las cantidades debidas contra dicha tarjeta o cuenta bancaria, cuantas veces sea necesario hasta que se devuelva la totalidad de los importes debidos.

5. PRÓRROGA DEL   PRÉSTAMO

5.1 Si alcanzada la fecha de vencimiento del Préstamo, el Prestatario incumpliera total o parcialmente su obligación de pago del importe del Préstamo (incluido el interés) el Prestatario podrá solicitar una prórroga voluntaria del plazo del Préstamo por un periodo igual a la duración inicial del Préstamo siempre y cuando se abonen los intereses y demora del mismo. La extensión voluntaria del préstamo tiene una duración de hasta 45 días que devengando intereses durante ese periodo. La extensión voluntaria del Préstamo podrá ser denegada a discreción del   Prestamista.

5.2 En todo caso, una vez finalizado el período de extensión automática, el Prestatario deberá abonar la cantidad total derivada del Préstamo y el interés. En caso de no abonar la totalidad del préstamo comenzarán a devengarse los intereses de demora conforme a lo indicado en la Cláusula   6.

6. PENALIZACIONES POR DEMORA EN LA AMORTIZACIÓN DEL PRÉSTAMO

6.1 Si al vencimiento del Préstamo se produce el impago total o parcial del importe del Préstamo y/o los intereses del Préstamo, el Prestamista podrá exigir al Prestatario, además del importe impagado, una penalización por demora de 1,2 % diario sobre el importe del préstamo, con el límite máximo del 200 % sobre el importe del préstamo, así como, en su caso, los gastos ocasionados por el impago del préstamo detallados en la Cláusula 7.

6.2 Si el Prestatario no devuelve el préstamo, los intereses y las comisiones debidas en el plazo de 30 días desde la fecha de vencimiento no mediando prórroga, el contrato de préstamo se considerará rescindido de pleno derecho por incumplimiento. El cliente sufragará íntegramente los gastos de recuperación de la deuda, por vía amistosa o   judicial.

7. RECLAMACIÓN DE POSICIONES DEUDORAS VENCIDAS

7.1 En caso de que, llegado el día del vencimiento, el Prestamista no pudiera cobrar total o parcialmente las cantidades señaladas en las Cláusulas 3 y 4, se iniciarán las actividades de reclamación de posiciones deudoras vencidas entre las que se incluyen correos electrónicos, SMS, llamadas telefónicas, gestión de expedientes con agencias externas, entre   otros.

7.2 El Prestatario reconoce y acepta que, pasado el día del vencimiento y en caso de impago, el Prestamista, puede ponerse en contacto con el Prestatario utilizando cualquiera de los datos de contacto facilitados por el Prestatario al solicitar el Préstamo con el objetivo de reclamar la cantidad   impagada.

7.3 En caso de que no se hubieran satisfecho totalmente las cantidades debidas por el Prestatario al Prestamista, este último, se reserva el derecho, según las condiciones establecidas en la legislación vigente, de informar la situación de impago, previo requerimiento al Prestatario, a los registros de Solvencia Patrimonial y de Crédito. Asimismo, el Prestatario en mora queda informado de que el Prestamista podrá encargar a un tercero la gestión de cobro y la cesión de su   deuda.

7.4 La reclamación de posiciones deudoras vencidas genera costes adicionales al Prestamista. Dichos costes serán soportados por el Prestatario, y su naturaleza no es penalizar, correspondiendo a los costes incurridos por la gestión de la reclamación de posiciones deudoras   vencidas.

7.5 El Prestatario reconoce y acepta expresamente que el requerimiento previo de pago pueda serle comunicado por cualquiera de las mismas vías de comunicación que él mismo hubiera facilitado en la Solicitud del Préstamo a distancia; es decir, el Prestatario reconoce que solicitar el Préstamo utilizando técnicas a distancia implica que el prestamista pueda ponerse en contacto con él por cualquier asunto derivado de la relación contractual que les une (incluyendo el requerimiento previo de pago), mediante cualquiera de dichas vías, en especial el SMS y el correo   electrónico.

8. RESPONSABILIDAD DEL PRESTATARIO POR SUMINISTRO DE INFORMACIÓN INCORRECTA O   FALSA

8.1 En caso de que el Prestatario hubiera suministrado en su Solicitud de Préstamo información incorrecta o falsa, el Prestamista tendrá derecho a resolver automáticamente el Préstamo en cualquier momento, incluso antes de la fecha de   vencimiento.

8.2 En caso de que el Prestamista decida resolver el contrato de Préstamo por esta causa, el Prestamista tendrá derecho a recuperar el importe del Préstamo, los intereses generados hasta ese momento y la comisión de apertura detallados en las Condiciones Particulares del Contrato de Préstamo. El cobro se articulará mediante cargo en la tarjeta de débito del Prestatario o transferencia bancaria al   Prestamista.

8.3 En caso de suministro de información falsa o incorrecta, suplantación de identidad por parte del Prestatario, el Prestamista informa de que emprenderá cuantas acciones legales sean necesarias para resarcir los daños que le hubiera podido causar, así como en su caso, informar a las autoridades policiales u otras competentes para la oportuna   investigación.

9. DERECHO DE   DESISTIMIENTO

9.1 De conformidad con lo previsto en los artículos 10 y 11 de la Ley 22/2007, de 11 de julio, sobre comercialización a distancia de servicios financieros destinados a los consumidores y, en su caso, del art. 28 de la Ley 16/2011, de 24 de junio, de Contratos de Crédito al consumo, el Prestatario tiene derecho al desistimiento del Contrato, dejando el mismo sin efecto, sin necesidad de indicar los motivos y sin penalización   alguna.

9.2 El Prestatario dispondrá, para ejercitar el derecho de desistimiento de un plazo de 14 días naturales a contar desde, lo que más tarde   suceda:

a) la fecha de Resolución del Préstamo   Positiva;

b) la fecha en que el Prestamista hubiera realizado la transferencia o puestos los fondos a disposición del Prestatario 

c) la fecha en que el Prestatario reciba una copia del Contrato.

9.3 La intención de ejercitar el derecho de desistimiento se comunicará por el Prestatario por escrito o por el mismo medio de contratación a distancia utilizado en la Solicitud del Préstamo, antes de expirar el plazo de 14 días.

9.4 Adicionalmente, dicha comunicación podrá realizarse por otro medio que permita dejar constancia de la notificación de cualquier modo admitido en derecho, sea papel o cualquier soporte   duradero.

9.5 El Prestatario deberá devolver al Prestamista cualquier cantidad que hubiera recibido de éste con anterioridad al ejercicio de su derecho de desistimiento y deberá pagar los honorarios del Préstamo o los costes financieros originados durante el periodo de tiempo en el que el Prestatario tuviese disponibilidad sobre el Préstamo y hasta su efectivo   reembolso.

9.6 En el supuesto de no devolución de las cantidades citadas en la cláusula anterior, el Prestamista podrá ejercer las acciones legales   oportunas.

10. OTRAS   DISPOSICIONES

10.1 El prestatario obtendrá 5 días sin intereses al realizar la primera solicitud del préstamo, como un gesto de   bienvenida.

10.2 El prestatario que ya sea cliente de Rapida Financial S.L., recomiende el producto a un amigo y este realice una solicitud válida de préstamo online podrá beneficiarse de otros 5 días sin intereses además de los 5   primeros.

Además, la persona que haya realizado una solicitud de préstamo online (a través de recomendación) y   recibe el préstamo podrá disfrutar también del plazo de 10 días sin intereses en la concesión del primer   préstamo.

10.3 El Prestatario tiene el deber de informar al Prestamista de cualquier cambio en la información suministrada en la Solicitud de Préstamo. En especial la información de contacto como el correo electrónico, teléfonos y dirección de correo   postal.

10.4 El Prestamista tiene el derecho de ceder en su totalidad o en parte su posición contractual a un tercero que asuma los derechos del mismo. En este caso, el Prestatario tendrá el derecho a oponer contra el tercer cesionario las mismas excepciones y defensas que le hubieren correspondido contra el Prestamista, incluida la compensación. En su caso, conforme a la legislación aplicable, el Prestamista cedente notificará al Prestatario de la   cesión.

10.5 El Prestatario no podrá ceder su posición contractual, ni ninguna de las obligaciones o derechos que le correspondan en virtud del   Contrato.

10.6 Las Condiciones Generales podrán ser modificadas por el Prestamista en cualquier   momento.

10.7 El prestatario se declara informado, consciente y autoriza expresamente al Prestamista a realizar comprobaciones con terceros para validar la veracidad de la información facilitada en la   solicitud.

11. NOTIFICACIONES

11.1 Las comunicaciones se deberán realizar, preferentemente por correo electrónico. En todo caso, el Prestatario podrá seleccionar otro medio para la   notificación.

11.2 Las partes manifiestan que en virtud de lo establecido en el artículo 3.10 de la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica, el contenido de cualquier comunicación remitida por correo electrónico entre las partes tendrá plena validez y eficacia.

12. LEY APLICABLE Y JURISDICCIÓN

12.1 El Préstamo se interpretará y regirá de conformidad con la legislación española. Serán competentes para resolver cualquier reclamación o controversia que pudiera plantearse en relación con el Contrato de Préstamo los Juzgados y Tribunales del domicilio del Prestatario.

13. QUEJAS, RECLAMACIONES Y SOLICITUDES DE   INFORMACIÓN

 13.1 El Prestatario puede dirigir sus quejas, reclamaciones o solicitudes de información al Servicio   de Atención al cliente utilizando para ello cualquiera de las siguientes   vías:

Enviando un correo electrónico a  reclamaciones@rapida.es

Llamando al teléfono: 919.992.552

 13.2 El prestamista procurará respuesta a las reclamaciones recibidas en el plazo de 7 días   naturales.